4 Profesores de Conservatorio especialidad piano. Diputación de Cáceres.

Plazo de presentación de solicitudes:  4 de Febrero de 2014.

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Cuatro plazas de Profesor Conservatorio (Piano), perteneciente a la escala de Administración Especial, subescala Técnica y clase Técnico Superior, mediante el sistema de concurso-oposición, en turno libre.

C O N V O C A T O R I A


PRIMERA. Objeto de la convocatoria.
Es objeto de la presente convocatoria, la provisión mediante el sistema de concurso oposición libre de 4 plazas de Profesor Conservatorio (PIANO) (Códigos de puestos: 1216, 1222, 1215 y 1228; Códigos de plazas: 399, 78, 1389 y 1012, respectivamente), vacantes en la plantilla de funcionarios de esta Excelentísima Diputación, correspondientes a las Ofertas de Empleo Público de 2006 (1) y 2008 (3), encuadrada en la Escala de Administración General, Subescala Técnica, Clase Técnico Superior y dotada con las retribuciones básicas correspondientes al Subgrupo A1, pagas extraordinarias, retribuciones complementarias y demás derechos que le correspondan con arreglo a la legislación vigente y la Corporación tenga acordadas o pueda acordar.

La presente convocatoria tiene en cuenta el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres, por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público. La Ley orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, la Directiva comunitaria de 9 de febrero de 1976 y lo previsto en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 4 de marzo de 2005, por el que se aprueba el Plan para la igualdad de género en la Administración General del Estado y se desarrollará de acuerdo con las bases que se contemplan en esta convocatoria.

SEGUNDA. Condiciones de los aspirantes.
Para tomar parte en la convocatoria será necesario:
a) Poseer nacionalidad española o la de cualquier otro Estado miembro de la Unión Europea, o nacional de algún Estado en el que en virtud de los Tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España sea de aplicación la libre circulación de trabajadores/as.
También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el/la cónyuge de los/las españoles/as y de los/as nacionales de otros Estados Miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados/as de derecho, y sus descendientes y los de su cónyuge siempre que no estén separados/as de derecho, sean menores de 21 años o mayores de dicha edad dependientes.
b) Tener cumplidos los 16 años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
c) Estar en posesión del Título Superior de Piano (Plan 1966, LOGSE o LOE).
d) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
e) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones
Públicas, ni hallarse inhabilitado/a para empleos o cargos públicos por sentencia firme.

TERCERA. Instancias y admisión.
En las instancias (modelo insertado en la página web a partir de la publicación del anuncio de las bases en el
BOE http://www.dip-caceres.es/servicios/tablon-de-empleo/index.html?tablon=convocatoria) solicitando tomar parte en la convocatoria, los/as aspirantes deberán hacer constar sus datos personales, número del documento nacional de identidad y domicilio. Asimismo, deberán manifestar expresamente que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en la base segunda, en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias.

Para los aspirantes con discapacidad que lo soliciten, previa constancia en la solicitud de su condición con expresión del grado y tipo de minusvalía, se establecerán las adaptaciones de tiempo y medios necesarias para la realización de los ejercicios debiendo adjuntar el Dictamen Técnico Facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de minusvalía competente, acreditando de forma fehaciente, la/s deficiencia/s permanentes que han dado origen al grado de minusvalía reconocido. La adaptación de tiempos y medios no se otorgará de forma automática sino únicamente cuando la discapacidad guarde relación directa con la prueba a realizar, por lo que corresponderá al Tribunal Calificador resolver la procedencia y concreción de la adaptación de tiempos y medios en función de las circunstancias específicas de cada ejercicio, según Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, o norma que la modifique o sustituya.

Se acompañará a la instancia el resguardo que justifique haber satisfecho en la Diputación Provincial de Cáceres en la cuenta de Caja Extremadura número 2099-0200-83-0070026808, la cantidad de 12 €, en concepto de derechos de examen (deberá indicarse en el ingreso a qué convocatoria corresponde), cantidad que únicamente será devuelta, previa entrega del correspondiente impreso de “Alta de Terceros”, debidamente cumplimentado, si no se es admitido a examen por falta de los requisitos exigidos para tomar parte en la convocatoria. Estarán exentas del pago las personas con discapacidad igual o superior al 33 por 100. Para el disfrute de la exención deberán acreditar que reúnen la condición legal de personas con discapacidad, mediante la presentación de certificado expedido por el órgano competente del Ministerio de Asuntos Sociales o, en su caso, de la Comunidad Autónoma correspondiente.
Gozarán de una bonificación del 50 por 100 los aspirantes que figuren como desempleados durante el plazo, al
menos, de un mes anterior a la fecha del anuncio de esta convocatoria en el B.O.E, para lo cual deberán presentar tarjeta de demanda de empleo u otro documento de los servicios públicos de empleo debidamente sellada/o y firmada/o o bien informe de periodo ininterrumpido inscrito en situación de desempleo por el que acrediten tal condición.

Las instancias, a las que se adjuntará fotocopia del título exigido y de los méritos que concurran en los aspirantes (ordenados conforme al baremo que se publica en la Base Sexta de la convocatoria y con un resumen de todos los méritos colocado al inicio de los documentos), se dirigirán a la Presidencia de la Corporación y se presentarán en el Registro General de ésta, dentro del plazo de veinte días naturales contados a partir del siguiente en que aparezca un extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. También podrán presentarse en la forma que determina el artículo treinta y ocho de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Si durante el transcurso del procedimiento selectivo llega a conocimiento del Tribunal o del órgano convocante, que alguno de los/as aspirantes carece de los requisitos necesarios para participar en la convocatoria o bien que se han producido variaciones de las circunstancias alegadas en la solicitud, se iniciará expediente de comprobación acerca del cumplimiento de dichos requisitos por los/as aspirantes, con trámite de audiencia al interesado/a. El órgano convocante resolverá de forma motivada lo que proceda.
Serán valorados por el Tribunal, hasta el día de la publicación de extracto de esta convocatoria en el B.O.E., los méritos, debidamente acreditados por los solicitantes en el plazo de presentación de instancias, por cualquiera de los medios autorizados en Derecho, sin que proceda requerimiento de subsanación posterior, ya que los méritos alegables no son requisitos imprescindibles para la admisión del solicitante.

No será necesaria la compulsa de los documentos que se presenten fotocopiados, sin menoscabo de lo establecido en la Base Novena para los/as aspirantes propuestos/as por el Tribunal para su nombramiento. En la fase de concurso el Tribunal podrá recabar de los/as interesados/as las aclaraciones o, en su caso, la documentación complementaria que se estime necesaria para la comprobación de los méritos alegados. Ello sin menoscabo del cumplimiento de la obligación de presentar la documentación acreditativa de los méritos durante el plazo de presentación de solicitudes.

Terminado el plazo de presentación de instancias, la Presidencia de la Corporación dictará resolución declarando aprobada la lista provisional de los/as aspirantes admitidos/as y excluidos/as.
Esta resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia, y la lista certificada de aspirantes será expuesta en el Tablón de Anuncios Electrónico, ubicado en la sede electrónica de la Diputación Provincial (http://www.dip-caceres.es/servicios/tablon-anuncios-corporativos/index.html o http://www.dip-caceres.es/servicios/tablon-de-empleo/index.html?tablon=convocatoria).
En la resolución se hará constar el plazo de subsanación de defectos que, en los términos del artículo setenta y uno de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se concede a los/as aspirantes excluidos/as. Una vez finalizado el plazo de subsanación de la solicitud, se publicará en el B.O.P. y Tablón de Anuncios Electrónico, ubicado en la sede electrónica de la Diputación Provincial (direcciones webs indicadas anteriormente) resolución elevando a definitiva la lista provisional de aspirantes, incluyendo a los/as excluidos/as que hayan subsanado errores u omisiones. En dicha resolución se determinará el lugar, fecha y hora del comienzo de los ejercicios.

CUARTA. Tribunal calificador.
El Tribunal encargado de la selección tendrá la categoría establecida en el art. 30 del Real Decreto 462/2.002, de 24 de mayo, y estará constituido en la forma que determina el artículo 4 del Real Decreto 896/91, de 7 de junio, quedando formado por los titulares que a continuación se indican y sus correspondientes suplentes tal y como se establece en el art. 60 del Estatuto Básico del Empleado Público:
Presidente: Un/a empleado/a público/a designado/a por la Presidencia de la Corporación.
Vocales:
1. Dos Empleados/as públicos/as de la Consejería de Educación nombrados/as por el Gobierno de Extremadura.
2. Un/a empleado/a público/a de la Corporación de similar Área funcional.
Secretario: La Dirección del Área de RR.HH. o empleado/a público/a en quien delegue.
Por Resolución Presidencial se concretará las personas integrantes del Tribunal.
A este Tribunal podrán asistir, en calidad de observadores, un representante de cada una de las organizaciones
sindicales representativas de esta Diputación.
El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que puedan presentarse y para adoptar las resoluciones, criterios o medidas necesarias para el buen orden del proceso selectivo, en aquellos aspectos no previstos en estas bases.
Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de formar parte del mismo, cuando concurran las circunstancias
previstas en el artículo 28 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. También deberán abstenerse los miembros del Tribunal que hubieran realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas de acceso a las plazas de la especialidad que se convoca de esta Diputación, en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria. Los aspirantes podrán recusarlos cuando concurran estas circunstancias.

El día de la constitución del Tribunal, cada uno de los miembros del mismo, declarará formalmente si se halla o no incurso en alguna de las circunstancias acabadas de señalar.
El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de más de la mitad de sus miembros, titulares o suplentes. Asimismo, se establece que el Tribunal podrá requerir la presencia de un/a Técnico/a Asesor/a para que informe al mismo, que tendrá la categoría de Vocal a los efectos establecidos en el R.D. 462/2002, de 24 de mayo.

QUINTA. Actuación de los opositores.
La actuación de los opositores en los ejercicios que no pueda realizarse conjuntamente, se iniciará por orden alfabético de apellidos, a partir de la letra “Z”, de conformidad con el sorteo efectuado previamente y figurará en el anuncio por el que se haga pública la resolución aprobatoria de la lista definitiva de admitidos/as y excluidos/as y la fecha, hora y lugar de comienzo de los ejercicios. Dicha publicación se efectuará, con una antelación de al menos cinco días hábiles de dicho comienzo en el BOP y Tablón de Anuncios Electrónico, ubicado en la sede electrónica de la Diputación Provincial (direcciones webs indicadas en la Base 3ª).
Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos/as de la convocatoria quienes no comparezcan, salvo caso de fuerza mayor, debidamente justificado y apreciado libremente por el Tribunal que, en cualquier momento podrá requerir a los/as opositores/as para que acrediten su personalidad.

SEXTA. Fases del concurso oposición.
El procedimiento de selección de los aspirantes constará de dos fases:
A) Concurso.
B) Oposición.

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