Veintinueve plazas de Profesores de Música para la Banda Municipal de Badajoz

Fecha límite de presentación 05-12-2013

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De conformidad con el acuerdo plenario, de fecha 29 de julio de 2013, aprobado definitivamente el 16 de septiembre de 2013, se convocan pruebas selectivas para cubrir con carácter de interinidad, veintinueve plazas de Profesores de Música para la Banda Municipal de Badajoz, pertenecientes a la relación de puestos de trabajo de personal laboral del Ayuntamiento de Badajoz, clasificadas en el grupo C1, nivel 19 y jornada parcial de 68 horas mensuales, que se detallan a continuación:

N.º plazas  Especialidad

1 Bombardino
9 Clarinete-clarinete bajo
4 Trompeta-fliscorno
1 Fagot
2 Flauta-flautín
1 Saxofón alto-soprano
1 Oboe-corno inglés
4 Percusión
2 Saxofón tenor-barítono
2 Trombón
1 Trompa
1 Tuba
1.2. A efecto de retribuciones quedarán asimilados a lo establecido en la relación de puestos de trabajo del Ayuntamiento de Badajoz y sus organismos autónomos, para cada grupo de clasificación.

2.1. Para ser admitidos a la realización de estas pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Ser español o, de acuerdo con lo establecido en la Ley 7/2007, del Estatuto Básico del Empleado Público, tener nacionalidad de un país miembro de la Unión Europea, o la de cualquiera de aquellos Estados a los que, en virtud de tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos que esta se halla definida en el tratado constitutivo de la Unión Europea. Igualmente, podrán participar en el proceso selectivo, cualquiera que sea su nacionalidad, los cónyuges de españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, (siempre que no estén separados de derecho), sus descendientes y los de sus cónyuges (siempre que no estén separados de derecho) y sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.

b) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso de la edad máxima de jubilación forzosa.

c) Estar en posesión de la siguiente titulación:

Estar en posesión del título Profesional de Música en la especialidad a la que se opta regulado por el Real Decreto 756/1992, de 2 de junio (o equivalente).

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación.
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